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Nuevo reporte cambiario DIAN 2026: qué cambia para inversionistas

Nuevo reporte cambiario DIAN 2026: qué cambia para inversionistas

Qué exige la DIAN desde 2026 en materia de reporte cambiario, cómo afecta a inversionistas extranjeros y empresas con operaciones en divisas en Colombia, y qué hacer para evitar sanciones.

Por: Dr. Fabián Antonio Sorza Cepeda

Fundador y Representante Legal

Abogado en ejercicio con más de diez años de experiencia en los sectores público y privado. Magíster en Derechos Humanos y Derecho Internacional. Su práctica se concentra en litigación frente al Estado, derecho corporativo, derecho inmobiliario y financiación de litigios.

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Nuevo reporte cambiario DIAN 2026: qué cambia para inversionistas

Desde 2026, la DIAN exige que las operaciones cambiarias se reporten en formatos XML estructurados y con mayor nivel de detalle. No es una reforma del régimen cambiario colombiano, sino un endurecimiento del control sobre cómo se declara el movimiento de divisas, y afecta directamente a toda empresa con inversión extranjera o pagos internacionales.

Publicado: 10 de agosto de 2026 | Área: Derecho Corporativo y Empresarial


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¿Qué cambió exactamente en el régimen cambiario colombiano?

La DIAN no emitió una reforma estructural del régimen cambiario para 2026, pero sí modernizó la forma de reportar la información cambiaria, ampliando plazos de entrega y estandarizando los datos exigidos.

En la práctica, esto significa que las empresas y los inversionistas extranjeros con operaciones en divisas deben presentar su información a través de formatos XML estructurados, validados mediante un prevalidador cambiario, con campos obligatorios como el nombre y ciudad del girador o beneficiario, el país de origen y destino de los fondos, y el numeral cambiario correspondiente a cada operación.

Este ajuste se suma al marco vigente de inversión extranjera directa, que sigue exigiendo que toda inversión de capital del exterior se canalice a través de un Intermediario del Mercado Cambiario o una cuenta de compensación, y se registre conforme al régimen cambiario colombiano ante el Banco de la República.


¿Por qué le importa esto a un inversionista extranjero?

Porque la trazabilidad ya no es opcional, y un error de reporte puede pesar más que un error de fondo en la inversión misma.

La DIAN busca cruzar automáticamente la información entre bancos, intermediarios cambiarios y el Banco de la República para identificar con precisión el origen, destino y propósito de cada movimiento de divisas. Para un inversionista extranjero, esto tiene dos consecuencias prácticas:

  • La estructuración de la inversión importa tanto como el capital mismo. Definir correctamente la naturaleza jurídica de la operación y canalizar las divisas conforme al régimen cambiario es lo que permite demostrar después el cumplimiento del requisito económico exigido para visas de inversionista y renovaciones.
  • La omisión o el error en el registro tiene efectos que van más allá de una multa. La falta de un registro correcto puede limitar la repatriación de recursos, generar contingencias legales y dificultar procesos corporativos y migratorios posteriores.

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¿Quién debe cumplir con estas nuevas exigencias?

Toda empresa o inversionista que mueva divisas por actividad económica en Colombia queda dentro del alcance de esta obligación, no solo las grandes multinacionales.

Deben reportar, entre otros:

  • Empresas que importan o exportan bienes y servicios.
  • Quienes realizan pagos o gastos asociados a comercio exterior.
  • Empresas y personas que manejan cuentas de compensación.
  • Quienes financian operaciones con divisas mediante préstamos, anticipos o compensaciones.
  • Compañías bajo competencia residual cambiaria, es decir, no vigiladas por otra entidad de control pero obligadas a reportar igualmente.

La inversión extranjera directa, por su naturaleza, pertenece al mercado regulado de obligatoria canalización, lo que significa que no hay una operación de este tipo que quede fuera del radar de la DIAN o del Banco de la República.


¿Qué plazos y sanciones trae este nuevo esquema?

Los plazos se escalonaron para dar tiempo a que las empresas ajustaran sus sistemas, pero ya están corriendo. Los trimestres correspondientes a 4T de 2023 y todo 2024 debían reportarse a más tardar el 31 de enero de 2026; los de 2025 y el primer trimestre de 2026, a más tardar el 30 de abril de 2026. Desde el segundo trimestre de 2026 rigen de nuevo los vencimientos ordinarios del calendario cambiario.

El régimen sancionatorio no cambió en su lógica, pero sí en su exposición: las sanciones se calculan en Unidades de Valor Tributario y se aplican como porcentaje del valor total de la operación que originó la infracción, ya sea por no reportar, reportar tarde o reportar con errores. La DIAN cuenta con un plazo de hasta cinco años para formular cargos, lo que hace que una trazabilidad deficiente desde el inicio de la inversión se convierta en un riesgo financiero que puede materializarse años después.


¿Qué debe hacer una empresa con inversión extranjera ahora mismo?

Revisar, antes que nada, cómo se canalizó y registró cada operación de capital del exterior hasta la fecha, y no esperar a que la DIAN lo haga primero.

En concreto, conviene:

  • Verificar que cada inversión esté correctamente registrada ante el Banco de la República, con la naturaleza jurídica adecuada desde su origen.
  • Confirmar que los reportes en los nuevos formatos XML incluyan todos los campos exigidos: identificación del beneficiario, país de origen y destino, y numeral cambiario correcto.
  • Revisar los plazos escalonados de 2026 para no dejar pendientes de trimestres anteriores.
  • Documentar el soporte de cada operación desde el inicio, porque la capacidad de defensa frente a la DIAN depende de esa trazabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Toda inversión extranjera en Colombia debe reportarse a la DIAN en 2026?

Sí. Toda empresa o inversionista que mueva divisas por actividad económica en Colombia, incluida la inversión extranjera directa, queda dentro del alcance de las nuevas exigencias de reporte cambiario.

¿Qué pasa si mi empresa no reportó correctamente una operación cambiaria de años anteriores?

La DIAN tiene hasta cinco años para formular cargos, así que el riesgo no desaparece con el tiempo. Conviene revisar y documentar el soporte de operaciones pasadas antes de que la DIAN lo haga primero.

¿Estos cambios afectan las visas de inversionista?

Sí. Un registro de inversión extranjera mal estructurado puede dificultar demostrar el cumplimiento del requisito económico exigido para solicitudes iniciales o renovaciones de visa de inversionista.


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